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10 Things you should know about your children's rights at school

10 Puntos clave Que Debe de Conocer Sobre Los Derechos de su Hijo en Las Escuelas

 

1. Las escuelas publicas están obligadas por ley proveerles a todo niño de 5 anos en adelante con limitaciones una educación gratuita y apropiada. Esto incluye pagar por servicios fuera del estado o condado si los servicios locales no lo proveen y sin discriminación debido a la severidad de la limitación o comportamiento destructivo.

 

2. Existen 3 Leyes que aplican a todo niño con limitaciones dentro del sistema educativo. Entre los señalamientos hechos por ley están:

 

a. El Acta para la Educación del Nov con Limitaciones requiere que los padres, educadores y los hermanos mayores desarrollen un plan conjuntamente para determinar el ambiente educativo menos restrictivo; en un ambiente educativo mas normalizado.

 

b. La Sección 504 del Acta de Rehabilitación requiere que todos aquellos que reciben dinero federal no pueden prejuzgar en contra de una persona debido a sus limitaciones. Los sistemas educacionales publicas están obligados a acomodar a esto niños para que disfruten de la educación publica. Esto inluye: una merienda para los niños con diabetes, mover un salón para acomodar el niño con equipo para caminar, proveer un lugar de silencio para el niño con equipo para caminar, proveer un lugar de silencio para el niño con incapacidad mental, permitir que el niño con convulsiones pueda usar un "pager."

 

c. El Acta de Americanos con Incapacidades incluye a todo estudiante con limitaciones inclusive aquellos que no necesiten educación especial. Se requiere de todo sistema escolar la integración a la corriente regular, lo que en

la actualidad conocemos como inclusión, a todo estudiante con incapacidad.  También se requiere proveer los servicios relacionados como; (Braille y Traducciones), dar accesible la escuela a la comunidad para una función

Escolar. Esto incluye los juegos, y las graduaciones.

 

3. Existen garantías procesales. Los padres de un estudiante pueden pedir una cita para revisar o cambiar las decisiones previas, las metas, y el plan 504. Los educadores no deben tomar estas decisiones sin consultar o notificar a los padres. Si los padres no pueden estar presentes, se deben hacer otros arreglos. Los padres tendrán un papel muy importante cuando se vayan a tomar decisiones educativas.

 

4. Se requiere que las escuelas continúen este tipo de servicio para el estudiante incapacitado hasta cumplir los 22 anos.

 

5. No todas las escuelas están obligadas a proveer un ambiente físico accesible, pero todo niño con limitaciones físicas deben recibir servicio comparativamente conveniente igual a los niños de su vecindario. Esto quiere decir que un niño con limitaciones físicas no se debe transportar a mas de una hora de distancia de su casa si otros tienen un viaje de solo 20 minutos.

 

6. Si no hay concordancia, la escuela esta obligada a retener a su hijo hasta que lleguen a una resolución mediante los procesos apelativos.

 

7. Los padres que no están de acuerdo con los servicios, las situación o las metas desarrollados para sus hijo pueden:

 

a. Escribir a la directora (a) de Educación Especial y pedirle una audiencia o "vista procesal." Esto es como un caso en las cortes pero con menos formalidad. No es necesario obtener a un abogado, pero la escuela probablemente tendrá a uno presente. Existen varias agencias con especialistas en el Condado de Gwinnett que les pueden dar ayuda con su querella.

 

b. Solicitar un arbitraje o mediación con la escuela.

 

c. Adicionalmente, pueden someter una querella al Departamento de Educación de los Estados Unidos de América, la División de Derechos Civiles en Atlanta.  También existen varias agencias en el estado que los pueden ayudar con su querella.

 

d. Tienen el derecho de adquirir un abogado para someter un caso en la corte federal bajo el Acta de personas con limitaciones.

 

8. Si existe un desacuerdo sobre las acomodaciones de su hijo la escuela debe mantenerlo en su situación corriente hasta que el proceso apelativo se haya completado.  Este se refiere como "Mantenerlo en su lugar."

 

9. Usted tiene el derecho de llevar a un intercesor, otros miembros de la familia y de la comunidad como apoyo durante una reunión con miembros de la facultad de la escuela.

 

10. La s opciones para su hijo son: integración a la corriente regular, con un periodo de su tiempo en un salón recurso, todo el día en un salón de educación especial o contenido, y finalmente, educación dentro de una escuela de servicios especiales o servicios ofrecidos en su propio hogar.

 

Producer Disability Resource Group, Inc.

Nancy Duncan, Director

770-451-2340

Email:  nduncan@bellsouth.net

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